Deporte responsable: sin vuelta atrás

Centro de Deporte y Derechos Humanos

Este artículo publicado en La Revista Internacional de Derecho Deportivo explora la naturaleza y el alcance de las responsabilidades de derechos humanos de los órganos rectores deportivos (SGB). Las relaciones entre las SGB y otros actores en el ecosistema deportivo se ven cada vez más a través de una lente de derechos humanos, con un enfoque particular en las responsabilidades definidas en los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos (UNGP) de las Naciones Unidas (ONU), con los UNGP. ahora reconocido como el marco autorizado y la hoja de ruta para las SGB en materia de derechos humanos. El progreso en este sentido ha sido mixto. Algunas SGB han demostrado resistencia a adoptar las normas y estándares internacionales de derechos humanos, argumentando que los UNGP no son vinculantes y se aplican solo a los actores comerciales, mientras que las organizaciones deportivas son en su mayoría organizaciones sin fines de lucro con un alto grado de autonomía. Otros han elegido un camino diferente, convirtiéndose en pioneros en aplicar los UNGP no solo a los Mega Eventos Deportivos (MYPE), sino también a sus políticas, mecanismos de gobernanza y operaciones. En los últimos años, se han observado dos tendencias complementarias: los Principios Rectores se han cristalizado cada vez más en casos y legislaciones en varias jurisdicciones y los Estados han intervenido en cuestiones relacionadas con el deporte sobre la base de su deber de proteger a los grupos afectados donde los organismos deportivos nacionales tienen no cumplió con las normas y estándares internacionales de derechos humanos. En lugar de presentar un desafío para el mundo del deporte, asumir las responsabilidades en materia de derechos humanos debe verse como una oportunidad para respaldar el valor del deporte, conservar la confianza de las partes interesadas y mantener una licencia social para operar bajo el compromiso de una autonomía responsable.

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